PREÁMBULO
La Fundación Social Ciudadanos por Chile reconoce que la ética institucional, la transparencia y el buen gobierno son condiciones esenciales para la confianza pública, la sostenibilidad organizacional y la correcta administración de los recursos aportados por donantes, aliados y colaboradores.
Este Reglamento Ético establece los principios, estándares de conducta y mecanismos de control que rigen el actuar de todas las personas que integran, representan o colaboran con la Fundación, bajo un enfoque de gestión responsable, prevención de riesgos y resguardo reputacional.
TITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1. Sujetos obligados. Este Reglamento es obligatorio para:
Artículo 2. Principios rectores. La actuación institucional se regirá por los siguientes principios:
TITULO II : INTEGRIDAD Y CONDUCTA PROFESIONAL
Artículo 3. Estándar de conducta. Toda persona vinculada a la Fundación deberá actuar con un estándar de conducta equivalente al exigido en organizaciones empresariales de alto nivel, privilegiando la buena fe, la diligencia y la responsabilidad profesional.
Artículo 4. Prohibición de uso indebido. Se prohíbe expresamente:
TITULO III. CONFLICTOS DE INTERÉS
Articulo 5. Deber de declaración
Toda persona sujeta a este Reglamento deberá declarar oportunamente cualquier situación que pueda generar un conflicto de interés real, potencial o aparente.
Artículo 6. Gestión del conflicto. Detectado un conflicto de interés, la persona involucrada deberá:
TITULO IV. TRASPARENCIA Y USO DE RECURSOS
Artículo 7. Responsabilidad fiduciaria. Los recursos financieros, materiales y humanos de la Fundación deberán ser administrados con criterio de eficiencia, trazabilidad y control, destinándose exclusivamente al cumplimiento de los fines institucionales.
Artículo 8. Donaciones y aportes privados. Las donaciones deberán:
TITULO V: GOBERNANZA Y TOMA DE DESICIONES
Artículo 9. Buen gobierno. La Fundación promoverá prácticas de buen gobierno equivalentes a estándares corporativos, asegurando:
Artículo 10. Independencia institucional. La Fundación mantendrá independencia respecto de intereses partidistas, personales o económicos, resguardando su misión y reputación.
TITULO VI : PREVENCION DE RIESGOS Y RESGUARDO REPUTACIONAL
Artículo 11. Gestión de riesgos éticos. La Fundación identificará, evaluará y gestionará riesgos éticos, legales y reputacionales asociados a sus actividades, especialmente en contextos de cooperación internacional y alianzas estratégicas.
Artículo 12. Comunicación institucional. Toda comunicación pública deberá ser coherente con los valores, misión y visión institucional, evitando declaraciones que puedan comprometer la reputación o credibilidad de la Fundación.
TITULO VII: MECANISMOS DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO
Artículo 13. Comité de Ética y Cumplimiento. Existirá un Comité de Ética y Cumplimiento encargado de :
Artículo 14. Canal de consultas y denuncias. La Fundación dispondrá de mecanismos confidenciales para consultas y denuncias éticas, garantizando seriedad, imparcialidad y debido proceso.
DISPOSICION FINAL.
El presente Reglamento Ético constituye un pilar del sistema de gobernanza y compliance de la Fundación Social Ciudadanos por Chile, asegurando que cada aporte recibido sea gestionado con responsabilidad.